Las reformas aprobadas en el Impuesto de Sociedades a finales del 2013, que entraron en vigor el 1 de enero en los Territorios Históricos de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, se tendrán que aplicar en el ejercicio 2014.
Teniendo lo anterior en cuenta, en los dos próximos artículos mencionamos las siete principales novedades fiscales introducidas en el Impuesto de Sociedades para el 2015.
1. Amortización
La primera de las modificaciones que afectan al Impuesto de Sociedades en 2015, se refiere a la amortización. La Normas Forales incluyen una tabla de amortizaciones sencilla y práctica en el uso. Los puntos más importantes son:
- Se reconoce con carácter general la libertad de amortización a los elementos del inmovilizado material, intangible y de las inversiones inmobiliarias de los activos nuevos afectos a la reducción y corrección del impacto contaminante de la empresa y a los elementos del inmovilizado material e intangible relacionados con la limpieza de suelos contaminados.
- Gozarán de libertad de amortización los elementos del inmovilizado material e intangible, excepto edificios, afectos a I+D, así como los gastos de I+D activados como inmovilizado intangible.
- Existirá la posibilidad de amortizar el Fondo de Comercio y otros activos intangibles aplicando un porcentaje máximo del 12,5%.
- Arrendamiento financiero: se establece la posibilidad de que el contribuyente opte por no aplicar el régimen especial de amortización, y aplique las reglas generales para los supuestos de cesión de uso de activos con opción de compra o renovación.
2. Régimen de eliminación de la doble imposición
Otro cambio que afecta al Impuesto de Sociedades en 2015, es el del régimen de eliminación de la doble imposición económica sobre dividendos y plusvalías de cartera tanto interna como internacional, es el de exención.
Se aplica como una disminución en la base imponible del impuesto de sociedades siempre que se cumplan una serie de requisitos.
3. Reinversión de los beneficios extraordinarios
Podrán no integrarse en la base imponible del impuesto de sociedades en 2015:
- Las rentas obtenidas en la transmisión de los activos fijos materiales e intangibles de la entidad si están afectos a explotaciones económicas y el importe de la transmisión se invierte en nuevos activos fijos.
- Se establece como plazo de reinversión el comprendido entre el año anterior a la entrega o puesta a disposición del elemento en el que se reinvierte y los 3 años posteriores.
La norma guipuzcoana no considera realizada la reinversión en los siguientes casos:
- Cuando la adquisición se realice mediante operaciones de reestructuración empresarial acogidas al régimen especial de neutralidad.
- Cuando la adquisición se realice a entidades vinculadas y no se trate de elementos del inmovilizado material nuevos.
4. Préstamos participativos
Se establece la posibilidad de no integración en la base imponible del impuesto de sociedades, los rendimientos procedentes de préstamos participativos, en la medida en que los mismos sean consecuencia de los beneficios de la entidad prestataria.